miércoles, 2 de febrero de 2011

Documentos para estar al dìa :BONO POST-LABORAL (LEY Nº 20.305)

COLEGIO DE PROFESORES DE CHILE A.G. 1
DIRECTORIO NACIONAL
DEPARTAMENTO JURIDICO
MONEDA Nº 2394 - CASILLA 2223 – SANTIAGO – CHILE
Teléfonos: 4704209 - 47 04 200 Fax: 4704285
e-mail: sgajardo@colegiodeprofesores.cl
Estimados(as) colegas:
Junto con saludarlos(as) fraternalmente y desearles un nuevo año pleno de felicidad para ustedes y sus seres queridos, distraigo vuestra atención para presentarles un set de documentos de orientación jurídica, que tienen por finalidad contribuir al conocimiento y resguardo de los derechos de los(as) colegas del país.
En forma previa y especial, entrego mi agradecimiento y reconocimiento a los(as) integrantes del Departamento Jurídico, por el tiempo y dedicación puestos en esta importante tarea de elaboración de documentos, que nos permiten conocer nuestros derechos y hacerlos valer. Este es el sello que se ha impuesto como objetivo primordial del Departamento para el período que se inicia.
Conocer y hacer valer los derechos que cada uno(a) de nosotros tiene de acuerdo a la Constitución y las leyes, no es sólo una cuestión de procedimientos u oportunidades sino, fundamentalmente, de dignidad, que es uno de nuestros valores más preciados.
En efecto, más allá de la casuística y de los objetivos específicos que se han fijado para esta nueva etapa, el Departamento Jurídico asume y postula, como valor central, que la defensa de nuestros derechos constituye un imperativo ético irrenunciable, toda vez que ello está indisolublemente ligado a la dignidad de la persona humana. Por lo tanto, no exigir el respeto y cumplimiento de esos derechos, importa una renuncia a nuestra dignidad.
Sucede que para hacer valer esos derechos, es necesario conocerlos, y ese es el objetivo que se persigue con esta primera entrega de documentos.
En lo sucesivo, el Departamento se ha fijado el objetivo de entregar, al menos una vez al mes, una Cartilla de Orientación Jurídica sobre algún tema específico de interés general, además de las orientaciones generales o específicas que sean necesarias, complementado todo esto con seminarios y clínicas jurídicas en todas las regiones del país.
Los documentos que se acompañan corresponden a una síntesis gráfica sobre los beneficios contemplados en la Ley de Reajuste del sector público, con los montos correspondientes a cada ítem; un Informe sobre el denominado Bono Post- Laboral, que incrementa las pensiones más bajas de los trabajadores del sector público; copia de una solicitud de pronunciamiento solicitado al Contralor General de la República sobre las irregularidades surgidas en la contratación de docentes al amparo de la ley SEP, por la vía de honorarios; copia de un Informe sobre el mismo tema presentado al Directorio Nacional; un Informe sobre la Asignación Variable de Desempeño Individual (AVDI); una Cartilla de Orientación Jurídica en que se aborda el tema del término de la relación laboral por supresión de horas y; el proyecto alternativo de ley sobre Educación Pública elaborado por el Departamento.
/www.colegiodeprofesores.cl
COLEGIO DE PROFESORES DE CHILE A.G. 2
DIRECTORIO NACIONAL
DEPARTAMENTO JURIDICO
MONEDA Nº 2394 - CASILLA 2223 – SANTIAGO – CHILE
Teléfonos: 4704209 - 47 04 200 Fax: 4704285
e-mail: sgajardo@colegiodeprofesores.cl
Todo el material pretende contribuir a la defensa de los colegas en momentos en que la educación chilena, y por consecuencia, el Magisterio nacional, están enfrentados a la arremetida final por concluir con el proceso privatizador iniciado el año 1980.
Con un discurso malintencionado y mentiroso, el gobierno y algunos sectores afines, pretenden legalizar la idea de que la crisis que arrastra por años la educación chilena, es de exclusiva responsabilidad de los(as) docentes, en circunstancias que para nadie es un misterio, que dicha crisis tiene su raíz en la ineptitud e incompetencia que han mostrado los Alcaldes de Chile para administrar la educación.
Resulta, en definitiva, que las medidas propuestas, más que una “revolución”, constituyen “una involución”, con la que se pretende cerrar el ciclo privatizador iniciado el año 1980.
Por lo tanto, hoy más que nunca, se hace necesario el fortalecimiento del Colegio de Profesores de Chile, el término de los personalismos y las rencillas intestinas, la optimización del uso de los recursos materiales y profesionales con que cuenta el gremio, la adopción de estrategias claras y decididas para incorporar a la comunidad nacional en la defensa de la educación pública, y, por sobre todo, la unidad gremial.
Colegas, una vez más Chile necesita de sus maestros y los maestros necesitamos a Chile.
Les saluda fraternalmente.
/www.colegiodeprofesores.cl
SERGIO GAJARDO CAMPOS
DIRECTOR NACIONAL
ENCARGADO DEPTO. JURIDICO
SANTIAGO, Enero 10 de 2011



COLEGIO DE PROFESORES DE CHILE A.G.
DIRECTORIO NACIONAL
DEPARTAMENTO JURIDICO
MONEDA Nº 2394 - CASILLA 2223 – SANTIAGO – CHILE
Teléfonos: 4704209 - 47 04 200 Fax: 4704285
e-mail: sgajardo@colegiodeprofesores.cl
BONO POST-LABORAL (LEY Nº 20.305)
Esta ley, importa, en general, una mejora a las pensiones de trabajadores del sector público, (incluidos entre ellos los profesores) que tengan una baja tasa de reemplazo en sus jubilaciones. Es decir, cuyas pensiones estimadas sean iguales o inferiores al 55% de la remuneración que percibían cuando se encontraban activos.
REQUISITOS GENERALES PARA OBTENER EL BENEFICIO
a) Encontrarse afiliado al Sistema de Pensiones del Decreto Ley Nº 3.500, y cotizar en dicho sistema por el ejercicio de la función docente.
b) Tener la calidad de funcionario de planta o a contrata en Municipalidades y sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades, tanto a la fecha de postulación para acceder al bono, como con anterioridad al 1 de mayo de 1981.
c) Tener, al menos, 20 años de servicios en estas instituciones.
d) Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55% y acceder a una pensión de vejez líquida regida por el DL 3.500.
e) Tener cumplidos 65 años de edad en el caso de los hombres y 60 años de edad tratándose de las mujeres.
f) Cesar en el cargo o terminar el contrato de trabajo, por renuncia voluntaria, por obtener pensión de vejez de conformidad al DL Nº 3.500 de 1980, por supresión del empleo o por aplicación del inciso primero del artículo 161 del Código del Trabajo, dentro de los 12 meses siguientes de cumplirse las edades arriba señaladas.
PERÍODO DE POSTULACIÓN AL BENEFICIO: Dentro de 12 meses siguientes al cumplimiento de 60 años de edad si es mujer o 65 años de edad si es hombre.
SI EL TRABAJADOR NO PRESENTA LA SOLICITUD PARA ACCEDER AL BONO DENTRO DE LOS PLAZOS SEÑALADOS, SE ENTENDERÁ QUE RENUNCIA A DICHO BENEFICIO.
EL BENEFICIO SE SOLICITA ANTE EL JEFE SUPERIOR DEL SERVICIO (DAEM O CORPORACIÓN) MEDIANTE EL FORMULARIO TIPO QUE ESTÁ A SU DISPOSICIÓN EN DEPENDENCIAS DEL EMPLEADOR, EN ORIGINAL Y 2 COPIAS.
RECOMENDACIONES
1. A aquellos profesores a quienes se les concedió el bono post laboral y han visto suspendidos sus pagos, se les sugiere solicitar a las Tesorerías Regionales un pronunciamiento formal en que se expliquen las razones de dicha suspensión. Hecho esto, y dentro de los 30 días siguientes, contados desde la obtención de este pronunciamiento escrito, la interposición de un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones respectiva, y en contra de la Tesorería General de la República por vulnerar con su actuación el derecho de propiedad de los docentes afectados.
/www.colegiodeprofesores.cl
COLEGIO DE PROFESORES DE CHILE A.G.
DIRECTORIO NACIONAL
DEPARTAMENTO JURIDICO
MONEDA Nº 2394 - CASILLA 2223 – SANTIAGO – CHILE
Teléfonos: 4704209 - 47 04 200 Fax: 4704285
e-mail: sgajardo@colegiodeprofesores.cl
2. A los profesores que estén por cumplir la edad de 60 años, en el caso de las mujeres y de 65, en el de los hombres, se les sugiere que mientras persista el conflicto de pago generado por Tesorería, presenten su solicitud de postulación al bono post laboral en cuanto cumplan la edad y con anterioridad a la fecha de cese de funciones, a fin de evitar problemas en la obtención del beneficio.
3. Asimismo, deben tener presente que se encuentra en trámite legislativo el Proyecto de Ley de Calidad y Equidad en la Educación, que establece un Bono de Retiro para aquellos profesores que pertenezcan a la dotación docente durante el año 2011 y cumplan 60 o más años en el caso de las mujeres y 65 o más años en el de los hombres al 31 de diciembre de 2013, por lo que si algún docente presenta su renuncia antes de la eventual dictación de la ley, quedará excluido de acceder a este beneficio.
4. Finalmente, se hace presente a aquellos profesores que optaren por la modalidad de Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida, que la Superintendencia de Pensiones calcula su tasa de reemplazo con la pensión que vayan a percibir al momento de postulación al beneficio, lo que podría producir distorsiones en el cálculo que los marginen de la asignación del bono.
En consecuencia, el Departamento Jurídico reitera a los docentes que, antes de firmar cualquier documento, consulten previamente a los abogados del colegio, a fin de evitar situaciones indeseables que los puedan afectar.
DEPARTAMENTO JURÍDICO
Colegio de Profesores de Chile A.G.
SANTIAGO, Enero 10 de 2011.
/www.colegiodeprofesores.cl

2 comentarios:

  1. Me puedo inscribir con el bono post laboral sin jubilar?

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  2. recien en febrero pasado cumpli 61 años de edad y necesito saber si puedo optar al bono post laboral ,vivo en Rapanui y aca no nos llega informacion sobre esto estamos totalmente ignorantes al respecto,gracias

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